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COMUNICADO

COMUNICADO 5-8-2022
COMUNICADO 5-8-2022

ATTT REITERA REQUISITOS PARA QUE LOS TRANSPORTISTAS DE HIDROCARBUROS OBTENGAN EL SUBSIDIO DE COMBUSTIBLE 

Los propietarios de maquinaria agrícola rodante deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 183 del 20 de noviembre de 2020, si desean recibir el beneficio del combustible solidario a B/3.25 según lo dio a conocer la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT). 

El director general encargado de la ATTT, Carlos Ordóñez, indicó que para acceder al beneficio el vehículo debe estar registrado en la base de datos del departamento de Registro Único Vehicular de la institución y se deberá presentar la cédula del propietario al momento de solicitar el combustible subsidiado.

Un comunicado emitido por la entidad detalla que los vehículos que transporten hidrocarburos para fines agrícolas deberán tramitar un permiso emitido por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, si el propietario requiere transportar las cantidades siguientes: 
94.63   litros para la gasolina o su unidad equivalente a 25 galones.
832.79 litros para la gasolina o su unidad equivalente a 220 galones.

Según el documento se exceptúa de portar el permiso a los vehículos que transporten hasta 10 galones de gasolina y hasta 15º de diésel.   

El pasado 18 de julio el Consejo de Gabinete Extraordinario aprobó el Proyecto de Resolución de Gabinete 80-22 que modifica la Resolución de Gabinete 60 del 19 de mayo de 2022 y sus modificaciones, para establecer un nuevo precio de B/. 3.25 por de la gasolina de 91 y 95 octanos y del diésel bajo en azufre.