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En 2016, entrará en funcionamiento plataforma única de servicio de contactos para el despacho de grúas

La Resolución AL-349 de la Autoridad Del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) por la cual se aprueba el procedimiento para la prestación de servicio de remoción de vehículos con grúas por infracciones al Reglamento de Tránsito Vehicular, fue publicada en la Gaceta Oficial 27928 del martes 15 de diciembre.

La normativa de la ATTT incluye las condiciones para las solicitudes de la prestación del servicio de remoción de vehículos con grúas y la realización de las llamadas por parte de los inspectores de la ATTT y los agentes de la Policía de Tránsito, mediante una plataforma única de servicios de contacto (call center) elaborada por el Centro de Atención Ciudadana 311 (CAC 311), una vez entre en ejecución un convenio marco interinstitucional establecido bajo el reglamento publicado en Gaceta Oficial.

Ulises Calvo, Asesor legal de la ATTT aclaró que la plataforma tecnológica “aún no está activada”, ya que su aplicación se logrará mediante la ejecución del convenio marco interinstitucional (entre ATTT- CAC 311), que se ha sometido a refrendado de la Contraloría General de la República.

“Esto no va demorar, estamos en vías que sea refrendado el convenio y una vez ocurra, en conjunto a la Autoridad de Innovación Gubernametal anunciaremos la puesta en funcionamiento del proyecto que esperamos se de a  inicios del 2016”, señaló.

Calvo dijo, que en cada paso, la ATTT actúa basada en la transparencia institucional, en virtud que se requería de la publicación de un reglamento vigente para que la plataforma de llamadas pueda surgir con reglas claras y establecidas.

Paralelo a ello, la ATTT trabaja en la elaboración de una convocatoria pública nacional para las empresas interesadas en concursar por el servicio.

El funcionario aseguró que una vez se cumplan dichos pasos y la plataforma tecnológica de llamadas entre en funcionamiento, los inspectores de la ATTT, como agentes de la policía de tránsito, podrán hacer las llamadas para solicitar el servicio de grúas únicamente a la plataforma telefónica del Centro de Atención Ciudadana 311.  “Estamos trabajando para que sea a más tardar en enero del año próximo”, reiteró.  

El vocero de la ATTT detalló que la asignación por área según la llamada será por un sistema aleatorio y por orden de prelación de las empresas registradas en la ATTT para dicho servicio.

Igualmente, sostuvo que este nuevo mecanismo permitiría acabar con la discrecionalidad que existe en cuanto a cuál empresa de grúas es llamada.

“El documento establece la prohibición del despacho sin la asignación del 311, por lo cual si la grúa no fuere asignada por el Centro de Contacto de Atención Ciudadana 311, entonces se podrían aplicar medidas correctivas a las empresas acreditadas, y medidas disciplinarias al agente de la Dirección de Operaciones de Tránsito de la Policía Nacional o el Inspector de Transporte Público de la ATTT”, subrayó.

El funcionario destacó que una vez este activo el sistema, en el 2016, los conductores o propietarios de vehículos podrán llamar al 311 para conocer la ubicación exacta de sus vehículos.

 

CONOZCA LA ENTIDAD.

La Oficina de Asesoría Legal de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre tiene como objetivo asesorar y promover el cumplimiento de la legislación nacional aplicada al sector de Tránsito y Transporte Terrestre, así como garantizar que los actos que efectúe la Autoridad se realicen dentro de un marco de legalidad.

Entre sus funciones cumple con:  

  • Asesorar a los órganos superiores en la interpretación y aplicación de la Legislación Nacional.
  • Asesorar a los órganos superiores y/o unidades administrativas en la interpretación y aplicación de las leyes y reglamentaciones.
  • Asesorar a la Junta Directiva y coordinar las reuniones de ésta.
  • Coordinar con las respectivas direcciones y unidades técnicas según corresponda a la formulación de anteproyectos de leyes, reglamentos,
  • acuerdos, circulares y demás medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de la institución y emitir concepto legal cuando así se solicite.
  • Atender todas las solicitudes y documentos de carácter legal, que sean remitidas para emitir la opinión correspondiente.
  • Representar a la Autoridad en los juicios que se ventilen en los tribunales o entidades Judiciales o Administrativas e interponer acciones legales cuando así se requiera.
  • Evaluar, emitir opinión jurídica y tramitar los contratos, permisos, licencias, concesiones, arrendamientos y demás actos jurídicos que se celebren o se suscriban.
  • Tramitar los recursos interpuestos ante la administración por los usuarios.
  • Asistir a reuniones cuando el Director General así lo requiera.
  • Formular las consultas necesarias a la Procuraduría de la Administración con emisión de concepto legal previo.
  • Realizar las tareas afines requeridas.