La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) reitera las obligaciones y prohibiciones en la circulación para los peatones y vehículos en las autopistas o vías concesionadas a nivel nacional, establecidas en el Reglamento de Tránsito vigente.
Es obligatorio, según la norma citada, lo siguiente:
"Artículo 100. Los peatones están obligados a obedecer las indicaciones de la autoridad competente y las disposiciones para el control del tránsito establecidas en el presente Reglamento y gozarán de las prioridades de paso para peatones que le sean concedidas.
Artículo 101. Los peatones caminarán obligatoriamente por las aceras, veredas, pasos elevados y demás facilidades habilitadas para su uso".
Además están las siguientes prohibiciones:
"Artículo 107. Es prohibido a los peatones:
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n. Caminar en autopista o corredores".
"Artículo 161: Es prohibido respecto a las normas generales de circulación:
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g. Tránsito de peatones, vehículos de tracción animal y bicicletas en autopistas".
Se establece que los peatones que sean sorprendidos contraviniendo esta norma serán puestos (por la Policía Nacional o Policía Municipal) a disposición de la autoridad competente (Corregidurías).
“Artículo 108. La contravención de cualquiera de las prohibiciones del artículo anterior, se considerará imprudencia por parte de peatón.
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Parágrafo: Cuando la imprudencia del peatón ocasione un accidente de tránsito, se le impondrán las sanciones previstas en el presente Reglamento y tendrá la obligación de asumir las responsabilidades derivadas de su acción".
Por su parte, a los conductores de transporte colectivo y selectivo de pasajeros se les reitera que está prohibido dejar o recoger personas en las autopistas o corredores.
"Artículo 137.
Prohibiciones a los conductores de transporte público con relación a la prestación del servicio y otros:
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d. Estacionar o detener el vehículo para ascenso o descenso de pasajeros fuera de los lugares establecidos para ellos".
La ATTT destina personal para corregir y censurar mediante el reglamento de tránsito estas prácticas y a quienes insistan en cometerlas, manteniendo inspectores amonestando y sancionando a los conductores de transporte colectivo.
De enero al 31 de mayo, del presente, la ATTT ha sancionado a 1,171 conductores de transporte colectivo de pasajeros por tomar o dejar pasajeros fuera de los lugares especificados.
Igualmente la ATTT, en conjunto con Mi Bus, despliega diariamente una operación desde julio del 2015, hacia y desde Costa del Este, para generar un servicio seguro y confiable, con suficiente flota para la demanda y con el acceso para la venta de recargas de tarjetas para el abordaje en sitio y así evitar incomodidades al usuario.
Las rutas que se ofrecen todos los días y con buses saliendo cada 15 minutos son: Pedregal, Las Mañanitas, 24 de Diciembre, Tocumen, San Miguelito, Albrook y otras, todas dirigidas a evitar que los personas ingresen a esta vía rápida.
También se reitera el compromiso de cumplir con la misión encomendada de fortalecer, vigilar y regular la movilización eficiente de personas, equipos y cargas, así como todo lo referente al uso de las vías.
Sábado, 9 de julio de 2016.