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Nuevo sistema de pago en Registro Único Vehicular de la ATTT

La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), anunció que a partir de este martes 25 de agosto, las agencias del Registro Único de Vehículos Motorizados (RUVM) ubicadas en el Edificio Hatillo, Chitré y Las Tablas contarán con ventanilla para el pago en sistema clave, tarjeta Visa, Mastercard y en efectivo, para todos los trámites.

El Director General de la ATTT, Julio González Pereira,  dijo que la implementación de los medios electrónicos en las dependencias de la ATTT en todo el país “avanza según lo programado”, y destacó que el nuevo sistema de cobros favorecerá  la simpleza y eficiencia en el pago de los servicios.

Estimó que el nuevo sistema de pago facilitará la ejecución de los trámites, elevará la recaudación y fortalece los ingresos de la entidad, ya que a través del mismo también se podrá pagar cualquier trámite y cancelar las infracciones de tránsito.

Consultado sobre el parque automotriz de Panamá, el Director General de la ATTT informó que  aproximadamente se sitúa en un millón 220 mil 899 vehículos inscritos.

La Sección Nacional de Registro Único de Vehículos Motorizados de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre tiene entre sus funciones inscribir la propiedad de todos los vehículos a motor y unidades de arrastre que circulan por caminos, calles o vías particulares destinadas al uso público en todo el territorio nacional.

La inscripción incluye la descripción de sus propietarios y la asignación de una numeración que es única, permanente e invariable que será su número de identificación y distinción que deberá ser impreso tanto en el RUVM como en la placa única de circulación.  

De  igual forma, se encarga de inscribir las trasmisiones de dominio de los vehículos inscritos, así como los gravámenes, prohibiciones, secuestros y demás medidas que los afecten sujetándose a las normas que el derecho común establece para bienes inmuebles.

En tanto, el Capítulo II del Decreto Ejecutivo 640 del 27 de diciembre de 2006, por el cual se expide el Reglamento de Tránsito Vehicular establece que es obligatorio que cada vehículo en circulación cuente con su Registro Único de Propiedad Vehicular, documento que podrá ser solicitado para su revisión por los inspectores de la ATTT y la Policía Nacional, en cualquier momento y lugar, por lo que es requisito indispensable portar una copia legible.

Martes, 25 de agosto de 2015.